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España y Estados Unidos firman un nuevo acuerdo sobre Seguridad Social con mejoras en el cálculo de la pensión

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MADRID, 08 (SERVIMEDIA)

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, y la embajadora de Estados Unidos en España, Julissa Reynoso, firmaron este lunes el nuevo Convenio de Seguridad Social entre España y Estados Unidos, que incorpora novedades como la mejora en el cálculo de la pensión española.

En el acto, la ministra subrayó que es “un acuerdo que beneficiará a los trabajadores de ambos países” y auguró que “ayudará a la movilidad laboral internacional de los trabajadores entre España y Estados Unidos” y añadió que “se desarrolla con el principal objetivo de favorecer el tránsito de trabajadores asegurados en ambos países”.

También destacó que “treinta y seis años después de la firma del primer convenio, damos un paso más en el impulso de la movilidad laboral internacional que, sin duda, será una poderosa palanca para seguir estimulando nuestra actividad económica bilateral”.

El primer convenio bilateral se firmó en 1986 y entró en vigor desde el 1 de abril de 1988, lo que permitió “que durante esos más de 30 años, los trabajadores españoles y estadounidenses pudieran desarrollar su actividad económica de una forma más ágil y con una mayor protección”.

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NOVEDADES

Las principales novedades que incluye el nuevo texto afectan, en primer lugar, al cálculo de las pensiones españolas de Seguridad Social que resultarán más beneficiosas. A partir de ahora, se harán dos cálculos de pensión. Un primero contando únicamente con las cotizaciones en España, y un segundo sumando a ellas el tiempo cotizado en Estados Unidos. Comparados los dos cálculos, se abonará el más favorable. Hasta ahora, si se tenía derecho a pensión sólo con las cotizaciones en España se pagaba dicha prestación sin que se pudiera hacer el segundo cálculo sumando las cotizaciones en Estados Unidos, aunque el mismo hubiera podido ser de mayor cuantía.

Además, se ha mejorado el cálculo de la base reguladora de las prestaciones cuando se totalizan cotizaciones de España y Estados Unidos, basándose en las bases de cotización reales anteriores al último día de trabajo en España. Este cambio beneficia especialmente a aquellas personas que desarrollan la última parte de su vida laboral en Estados Unidos, sin que ello perjudique a los que han trabajado en España inmediatamente antes de la solicitud de la prestación.

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Otra de las novedades se refiere a la incorporación en el campo de aplicación del Convenio al Régimen de Clases Pasivas del Estado de los regímenes de funcionarios civiles y militares. Esto supone que aquellas personas que tienen cotizaciones en España en dicho régimen pueden ver mejorados sus derechos a pensión.

Por último, el Convenio introduce mejoras en el desplazamiento de trabajadores por cuenta propia y amplía el periodo de ese desplazamiento, tanto para autónomos como para trabajadores por cuenta ajena, hasta los 5 años de duración, prorrogables en 2 años por circunstancias excepcionales y sujeto a autorización por la autoridad competente.


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