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El Defensor del Pueblo insta a Justicia a resolver la «contradicción» en la ley de infancia sobre plazos de prescripción

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MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

El Defensor de Pueblo, Ángel Gabilondo, ha instado al Ministerio de Justicia a subsanar una «contradicción» en la prescripción de delitos contra la libertad cometidos contra menores, detectada en la Ley de protección a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Esta recomendación se hace tras analizar la documentación aportada en una queja registrada en la institución el pasado mes de enero. Los servicios técnicos del Defensor del Pueblo han concluido que existe «contradicción» entre los párrafos segundo y tercero del artículo 132.1 del Código Penal, en lo que se refiere al inicio del cómputo de los plazos previstos para la prescripción de delitos contra la libertad cometidos contra menores.

Por ello, se insta, desde la institución, a «que se resuelva esta situación lo antes posible» y a que la reforma que ha de hacerse lo sea «en el sentido más favorable posible a la posición procesal de la víctima y demás partes acusadoras en el proceso penal».

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La recomendación del Defensor del Pueblo ha sido enviada al Ministerio de Justicia, por las atribuciones que le corresponden en materia de legislación penal. Asimismo, se ha informado a la persona que registró la queja, según ha informado la institución, este viernes, en un comunicado.

Según ha podido confirmar Europa Press, el ciudadano que interpuso la queja ante el Defensor del Pueblo fue una víctima de abusos en la Iglesia, Miguel Hurtado, el primer denunciante del caso de abusos en Montserrat.

Hurtado ha explicado que, tras quedar bastante «insatisfecho» con la Ley de infancia aprobada en 2021, se puso a trabajar con un equipo de juristas chilenos para analizar la ley española y, durante el proceso, se dieron cuenta del «grave error de redacción jurídico técnico».

Se trata de un error en el redactado del artículo 132, donde se cita dos veces los delitos contra la libertad de los menores con dos plazos temporales de prescripción distintos: en uno se fija que empieza a contar a partir de que la víctima cumpla 18 años y, en otro, a partir de los 35 años.

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«Llegamos a la conclusión de que teníamos que alertar a los partidos para que lo solucionaran porque podía tener consecuencias muy graves para los acusados y las víctimas», ha indicado Hurtado a Europa Press. Y así lo hizo el pasado mes de noviembre de 2022. Si bien, ante la falta de respuesta, en enero de 2023 decidió poner una queja formal ante el Defensor del Pueblo.

El pasado martes, fuentes del Ministerio de Derechos Sociales anunciaron que corregirán la Ley de protección de la Infancia para subsanar el error detectado en el texto y evitar confusión sobre los plazos de prescripción de delitos contra la libertad de los menores.


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