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Aprobado el decreto-ley de medidas urgentes para paliar daños de la crecida extraordinaria del Ebro

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Se contempla poder sustituir cultivos agrícolas por forestales en terrenos que reiteradamente se inundan y sufren daños importantes

ZARAGOZA, 26 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto-ley por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados y las pérdidas producidas en la comunidad autónoma por los desbordamientos en la cuenca del río Ebro durante el mes de diciembre de 2021 y enero de este año.

El consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, Joaquín Olona, ha detallado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que el objetivo es paliar los efectos de ambas riadas mediante las herramientas jurídico administrativas oportunas y poder actuar «con celeridad» y seguridad jurídica.

Olona ha apuntado que se destinará a estas ayudas la partida «necesaria», que todavía no se ha cuantificado porque se siguen evaluando los daños por parte de la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental (SARGA) y Agroseguro, acción «que se está retrasando mucho por las condiciones que ha habido».

Ha añadido que en las próxima semanas se van a ir publicando las diferentes convocatorias de estas ayudas y en ellas «iremos concretando la partida que se pone a disposición».

El consejero ha enfatizado que las medidas se han articulado con la filosofía de «reforzar el seguro agrario» y enviar un «mensaje claro y determinante de que los agricultores deben asegurar sus producciones».

NOVEDADES

Olona ha destacado, como novedad, que se introduce la posibilidad de realizar plantaciones para la producción de manera mediante choperas u otras especies forestales.

Ha aclarado que su propósito «no es convertir toda la ribera en una plantación de chopos, sino, facilitar a los propietarios que, con carácter voluntario, quieren sustituir los cultivos por esta otra finalidad productiva» en terrenos «que reiteradamente se inundan y sufren daños importantes».

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El consejero ha precisado que se podrá aplicar esta medida en las zonas donde la administración considere que es una «buena práctica» y ha insistido en afirmar: «Nadie está planteando convertir la ribera agrícola en una ribera forestal».

Otra novedad es la posibilidad de recibir ayudas para los costes financieros de los préstamos que se suscriban para hacer frente a los problemas de liquidez financiera. También se incluyen los gastos de ganaderos por los traslados de animales. Olona ha recordado que se movieron más de 30.000 cabezas, lo que, además, ha generado unos gastos de manutención y «todo esto lo vamos a incluir».

COMPLEMENTARIAS

El Ejecutivo autonómico ha precisado que ha establecido, a través de este decreto-ley, medidas complementarias a las que adopte el Gobierno de España para paliar los daños ocasionados y facilitar la vuelta a la normalidad de las zonas afectadas por las riadas.

En él, se identifican los sucesos y los municipios afectados que resultan destinatarios de las medidas y es una herramienta administrativa para llevar acabo todos los procedimientos de contratación y subvenciones de la forma más rápida posible, puesto que las ayudas previstas se tramitarán por el procedimiento de urgencia.

El consejero ha explicado que, por un lado, se establecen medidas destinadas a paliar los daños materiales en explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales. Para eso, se dispondrá de subvenciones para los daños en producciones agrícolas y ganaderas, así como de subvenciones para la restauración de explotaciones agrícolas, ganaderas y sobre los gastos en explotaciones ganaderas y para la implantación de aprovechamientos de mayor resiliencia a las inundaciones.

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Igualmente, habrá ayudas para los costes financieros de los préstamos que se suscriban para hacer frente a los problemas de liquidez financiera.

Por otro lado, Olona ha dicho que se implementan medidas destinadas a la reparación de daños en infraestructuras públicas de riego; de daños medioambientales; y subvenciones a entidades locales para actuaciones de refuerzo de diques y motas de protección.

DETERMINACIÓN

El Ejecutivo ha manifestado que las subvenciones por daños en producciones agrícolas y ganaderas se determinarán conforme a los criterios y módulos que establezca el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente.

En concreto, serán objeto de ayuda los daños registrados en las explotaciones agrícolas y ganaderas para las que, en las fechas del siniestro, no hubiera iniciado el periodo de suscripción del correspondiente seguro o éste no hubiere finalizado y que no hubieran formalizado aún la póliza para esta campaña, siempre y cuando se hubiese contratado el seguro para dicha producción y cultivo en la campaña anterior.

También se financiarán los daños sobre las producciones agrícolas y ganaderas que, teniendo póliza en vigor para dichas producciones amparada por el sistema de seguros agrarios combinados, no estuvieran garantizados por dicho sistema.

Asimismo, habrá apoyo para los daños originados en las producciones agrícolas y ganaderas no incluidas en el vigente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Las subvenciones para la restauración de explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales y para la implantación de aprovechamientos de mayor resiliencia a las inundaciones irán dirigidas a restaurar los daños sufridos en las explotaciones agrícolas, forestales y ganaderas consistentes en la sistematización de las tierras, la reparación de las instalaciones de regadío y de edificaciones agrícolas y ganaderas, así como otros daños de carácter estructural en las explotaciones agrícolas y ganaderas.

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También servirá para recuperar los terrenos mediante la realización de plantaciones para producción maderera, aprovechamientos forestales o usos de carácter ambiental en las parcelas afectadas.

Además, se otorgarán con el fin de paliar los gastos extraordinarios derivados del traslado y manutención del ganado que se hayan generado como consecuencia de la inundación.

REQUISITOS

Para percibir estas subvenciones será necesario que se haya suscrito póliza de seguro agrario en producciones –con excepciones–, así como que las infraestructuras afectadas y las actividades agrarias a ellas asociadas dispongan en su caso de las preceptivas autorizaciones administrativas.

Los beneficiarios deberán ser titulares de explotaciones agrarias y declarantes de la solicitud conjunta de ayudas PAC. Serán preferentes aquellas explotaciones calificadas como prioritarias.

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ejecutará las obras precisas para reparar los daños causados en las redes principales de las infraestructuras públicas de riego, incluidas las de las comunidades de regantes. También, ejecutará las obras y actuaciones necesarias para reparar los daños al medio natural y a sus infraestructuras de gestión y uso público.

Además, aprobará subvenciones para los costes financieros de los préstamos que se suscriban para hacer frente a los problemas de liquidez financiera de las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales afectadas por el presente decreto-ley.

Asimismo, el Gobierno de Aragón concederá subvenciones de concesión directa a los ayuntamientos que hayan realizado y financiado actuaciones de refuerzo de diques y motas de protección entre los días 12 y 16 de diciembre de 2021, en el ámbito de la activación por Protección Civil del Plan Especial de Protección Civil de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones en Aragón (PROCINAR).


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