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El incidente de nulidad presentado por Fernández de Sousa, quien ingresó a prisión en abril, fue desestimado por el Tribunal Supremo

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VIGO, 17 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el incidente de nulidad presentado por la defensa del expresidente de Pescanova Manuel Fernández de Sousa-Faro, que entró en prisión el pasado mes de abril tras ser condenado a seis años de cárcel por un delito continuado de falsedad en las cuentas anuales de la compañía y por un delito también continuado de falsedad de información económica y financiera.

Precisamente este último delito era el motivo por el que sus abogados presentaron el incidente de nulidad. Según han explicado a Europa Press, en el fallo de la Audiencia Nacional fue condenado por un delito simple de falsedad de información económica.

Sin embargo, el Supremo a la hora de dictar la sentencia tras el recurso, cuando le rebajó la pena, lo consideró como continuado, «cosa que no podía hacer porque para la Audiencia era simple y nadie había recurrido para que fuese continuado», ha indicado el abogado de Fernández de Sousa-Faro.

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Por ello, se pidió al Supremo que aclarase la sentencia en el apartado de este delito, para que volviese a ser simple, lo cual supondría una rebaja mayor de la pena. Pero el alto tribunal lo rechazó. Después, se solicitó un incidente de nulidad de la sentencia, que ahora ha sido denegado.

«Creía y sigo creyendo que fue un desliz y por eso pedí la rectificación», ha reivindicado el abogado, que ha añadido que este auto ya no se puede recurrir.

No obstante, al igual que ya había hecho en la anterior ocasión, el Supremo ha defendido en su auto que sí se trató de un delito continuado, por lo que ha denegado el incidente.

Manuel Fernández de Sousa-Faro fue condenado a seis años de prisión por un delito continuado de falsedad en las cuentas anuales de la compañía y por un delito también continuado de falsedad de información económica y financiera.

Inicialmente, la Audiencia Nacional lo había condenado a ocho años de cárcel. Sin embargo, el Supremo rebajó su pena en dos años al absolverle de los delitos de estafa, falsedad documental y aplicar una atenuante por dilaciones indebidas, confirmando el resto de la condena por manipular las cuentas para captar inversores.

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HECHOS

El fallo de la Audiencia Nacional relataba prácticas irregulares llevadas a cabo por la antigua cúpula de Pescanova, a cuyo frente se encontraba el empresario con la colaboración de los responsables de los departamentos más relevantes.

La sentencia indicaba que a raíz de la crisis financiera que estalló en 2008, el presidente de la firma gallega, con el objeto de poder seguir disfrutando de la financiación bancaria de la que dependía Pescanova por el esfuerzo inversor ejercido en los años anteriores, planeó, junto con un grupo de personas de su confianza, seguir obteniendo financiación a través de una serie de mecanismos o prácticas irregulares.

Una vez conseguida, apuntaba, se llevaron a cabo otra serie de manipulaciones en las cuentas anuales u otros documentos oficiales que reflejaban la situación financiera de la empresa «para conseguir unos resultados positivos que no se correspondían con la situación real y, que, tras ser oficialmente publicados, permitían captar nuevos inversores y desplazar a la financiación bancaria y sus excesivas comisiones».

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