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PNV presentará diez enmiendas para incluir el derecho a decidir en la reforma constitucional a través del artículo 49

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BILBAO, 15 (EUROPA PRESS)

El PNV presentará una decena de enmiendas, entre las que recoge el derecho a decidir, para incluir en la reforma constitucional que se abordará en el Congreso con el fin de eliminar el término «disminuido» y sustituirlo por «persona con discapacidad».

La Cámara Baja aprobará, en dos sesiones plenarias esta semana, la modificación del artículo 49 de la Carta Magna pactada por PP y PSOE para eliminar el término «disminuido», y realizar la reforma por la vía exprés, sin que se acepten cambios en otros artículos.

La proposición de ley, registrada el 29 de diciembre por ambos partidos, será tomada en consideración este martes y aprobada su tramitación por el procedimiento de lectura única, sin pasar por ponencia ni comisión, y dos días después, el jueves, se debatirán las enmiendas que se hayan presentando, sean de totalidad con texto alternativo o parciales para modificar el articulado, para aprobar la iniciativa y remitirla al Senado.

Fuentes de la formación jeltzale han informado a Europa Press de que el Grupo Vasco volverá a presentar una decena de enmiendas para otras modificaciones de la Constitución, relacionadas con materias soberanistas, o la monarquía y el ejército.

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Son las mismas que ya planteó en diciembre de 2022, y su objetivo es, sabiendo que no van a aprobarse, que quede constancia de que el PSOE y el PP «no tienen voluntad» de abordar otras cuestiones constitucionales que no sean las que a ellos les interesa.

Precisamente, hoy mismo el portavoz del PNV en el Congreso, Aitor Esteban, reprochaba que socialistas y populares se hayan puesto de acuerdo para modificar la Constitución «en un puntito», y que no lo hagan en «cuestiones de fondo» como la monarquía o «cómo canalizar las voluntades nacionales».

ENMIENDAS

En sus enmiendas, los jeltzales defienden que se recoja en una disposición adicional que «la plena realización de los derechos históricos del pueblo vasco, como manifestación institucional de su autogobierno, se exterioriza a través del derecho a decidir de su ciudadanía, libre y democráticamente representada, siendo su ejercicio pactado con el Estado».

Además, el PNV pretende que se reforme el artículo 2 para «reconocer y garantizar el derecho a la autonomía de las naciones y regiones que integran el Estado y la solidaridad entre todas ellas».

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También plantea la modificación del artículo 56 de la Constitución para limitar la inviolabilidad del Rey y circunscribirla a sus funciones institucionales; así como del artículo 8 para eliminar la atribución a las Fuerzas Armadas de la función de «garantizar el ordenamiento constitucional y la integridad territorial de España», porque en una «democracia ambas cosas se tutelan por los tribunales de justicia».

Otra de las reformas que propondrá es la eliminación del artículo 155 que permite intervenir las autonomías, porque la Constitución ya permite actuar el Estado mediante mecanismos ordinarios.

Con el objetivo de mejorar «la garantía institucional de los Derechos Históricos», presentará dos enmiendas para la creación de sendas disposiciones adicionales nuevas que contemplen, por un lado, una «cláusula de salvaguarda de las materias propias forales» y, por otro, la creación de una «Sala Foral del Tribunal Constitucional» para dirimir los conflictos que emanen de las leyes del Parlamento Vasco y de las normas forales de las Juntas generales de los territorios históricos dictadas en el ejercicio de sus competencias.

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También propondrá la creación de una Junta Arbitral entre la Comunidad Autónoma Vasca y el Estado para la totalidad de los conflictos de competencia existentes. Con el fin de «mejorar el reparto competencial» vigente, reclamará modificar el artículo 149, referido a la Organización Territorial del Estado.

PODER JUDICIAL

Respecto al Poder Judicial, los jeltzales proponen «adecuarlo a la estructura descentralizada» que postula la Carta Magna, en la que «ya se han subsumido el poder ejecutivo y el legislativo a través de su reflejo en las comunidades autónomas», mediante la reforma del artículo 117.

A través de otra enmienda, pretende acabar con una «disfuncionalidad para un desarrollo adecuado del modelo territorial basado en el reconocimiento de una verdadera autonomía de las diversas comunidades políticas existentes en el Estado». Para ello, plantea eliminar la suspensión automática de las leyes autonómicas cuando estas sean impugnadas por el Gobierno español ante el Tribunal Constitucional, contempladas en el artículo 161.


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