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Proporcionar el derecho al olvido oncológico garantizaría que los sobrevivientes de cáncer no sean discriminados ni tratados como ciudadanos de segunda clase

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MADRID, 04 (SERVIMEDIA)

Profesores de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) afirmaron este jueves que el llamado «olvido oncológico», que ya ha sido legislado en toda Europa, salvo en Malta, Islandia y España, evitaría «convertir en ciudadanos de segunda» y «reenfermar» a los supervivientes de cáncer.

Hace unas semanas, el Gobierno anunciaba que haría «todo lo posible» para garantizar el derecho de las personas supervivientes de cáncer a que las entidades financieras y aseguradoras no tengan en cuenta su historial médico a la hora de contratar un préstamo, un seguro o un crédito. Además, el Parlamento Europeo ya incluyó el derecho al olvido oncológico en una resolución de 2022, en la que marcaba como límite el año 2025 para que los países lo incorporen en su legislación.

«Si vas a contratar un seguro y te lo deniegan, no has sobrevivido, el sistema te considera sospechoso y te tratará diferente», explicó Antoni Baena, profesor de los Estudios de Ciencias de la Salud de la UOC).

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Es lo que ocurre en la mayoría de las ocasiones con los enfermos oncológicos, según el informe ‘Jóvenes y leucemia: más allá de sobrevivir, de la Fundación Josep Carreras’. Afirma que el 80% de los jóvenes de entre 18 y 35 años que han sufrido un cáncer en la sangre se encuentra con inconvenientes a la hora de contratar un producto bancario o un seguro.

Para los expertos, eso se traduce en una «revictimización» de la persona superviviente a la enfermedad que consiste en «reenfermarla» continuamente. Según Baena, la respuesta como sociedad a las personas que han superado un cáncer es muy deficitaria, lo que provoca una doble victimización. «No puede ser que una persona que ha superado un cáncer se convierta en un ciudadano de segunda», destacó el profesor.

OPCIONES LEGALES

Según la UOC, una salida para personas que hayan sobrevivido a un cáncer y se les haya denegado una hipoteca, un crédito o un seguro de salud por haber pasado por la enfermedad es reclamar a la justicia alegando una «discriminación por su condición».

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«Sería la vía de judicializar una cuestión de debate o de opinión pública. Se puede emprender este camino, aunque es un camino normalmente lento», reconoció Sergio de Juan-Creix, profesor colaborador de los Estudios de Ciencias de la Información y de la Comunicación de la UOC y abogado experto en derecho digital.

Un procedimiento judicial, con sus sucesivos recursos, puede durar años hasta llegar al Tribunal Supremo, «e incluso, como hay derechos fundamentales en juego, puede acabar en el Tribunal Constitucional. Por eso es una vía larga y costosa», señaló.

Otra opción es acudir a la Agencia Española de Protección de Datos y denunciar la solicitud de información no necesaria por parte de entidades financieras o aseguradoras, por ejemplo, «con base en el principio de minimización del dato».

«Legalmente no puedes pedir los datos que quieras de una persona. Has de pedir aquellos mínimos e imprescindibles para la finalidad para la cual se están recabando. Y si una enfermedad está superada, es difícil delimitar hasta qué punto puede pedirse información médica de una persona», indicó este experto.

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En su opinión, una persona que claramente ha superado la enfermedad debe ser libre para, «decir que no tiene nada» a la entidad aseguradora. «En su día ya se intentó corregir una situación similar con la ley de seguros para el VIH, pero no se incluyó a las personas supervivientes de cáncer que han superado la enfermedad», recordó.

Como planteó Mònica Vilasau Solana, profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC, esa norma estatal se aprobó en junio de 2018 para evitar situaciones de discriminación basadas en las condiciones de la salud de las personas. Y aunque sólo hace referencia expresa al VIH/SIDA, también alude a «otras condiciones de salud», pero sin especificarlas.


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