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Abogacía del Estado pide al Tribunal de Cuentas que rechace las alegaciones de cargos catalanes contra las fianzas

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El Tribunal de Cuentas impuso una fianza de 5,4 millones a cargos y funcionarios por un presunto uso irregular de fondos

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

La Abogacía del Estado ha presentado una batería de escritos en los que rechaza las diferentes alegaciones formuladas por cargos políticos y funcionarios a los que se reclama desde el Tribunal de Cuentas 5,4 millones de euros por el presunto uso irregular de fondos de la Generalitat de Cataluña para las embajadas catalanas y para el Diplocat.

En concreto, en el escrito que da respuesta al recurso presentado por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que alegaba indefensión en este procedimiento, recuerda el abogado del Estado que debe tenerse en cuenta que en las actuaciones previas en cuyo marco se han dictado los actos recurridos no pueden aplicarse los principios del derecho a la tutela judicial efectiva porque, como se justifica en la liquidación provisional, «las actuaciones previas no tienen naturaleza jurisdiccional».

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En este sentido, incide en que la liquidación provisional es un acto «no definitivo» que se limita a concretar determinados hechos que pudieran ser causantes de responsabilidad contable y a quienes presuntamente podrían ser sus responsables. Por eso indica que es «muy difícil» que ese acto pueda causar «un daño real y efectivo» ya que la imputación real de responsabilidad contable llegará con el procedimiento jurisdiccional de reintegro por alcance» que se tramitará en su caso con posterioridad.

Además, sobre la alegación del expresident basada en que tiene inmunidad como europarlamentario, los Servicios Jurídicos del Estado indican que atendiendo al Protocolo sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea «resulta claro que el precepto no tiene ningunarepercusión sobre el presente procedimiento y no existe ninguna inmunidad en relación con la exigencia de responsabilidades contables en general y en particular en esta fase previa instructora».

También se muestra contrario a la alegación relativa a la derogación de competencias porque ya «fue motivadamente contestada en la liquidación previa», y en cuanto a la tercera de las alegaciones, relativa a la falta de respuesta a las alegaciones realizadas previamente, también se opone porque en la liquidación previa se respondió a las «cuestiones planteadas que requieren ser resueltas para poder emitir una liquidación».

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Sobre la petición de Puigdemont de que le dieran más plazo para presentar la fianza, el abogado del Estado indica que «no procede» porque el recurrente «no invoca ni justifica ningún supuesto excepcional en el que la ejecución de la liquidación provisional o el requerimiento de afianzamiento produzca perjuicios graves, infundados e irreparables, como exige la doctrina».

(((Habrá ampliación))


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