Por internet y presencialmente, del 12 de septiembre hasta el 10 de octubre
Las comunidades catalanas en el exterior pueden solicitar, desde el 12 de septiembre y hasta el 10 de octubre, las subvenciones convocadas para contribuir a su financiación. Las subvenciones servirán para sufragar los siguientes gastos:
Ordinariao: Los gastos corrientes generados por el mantenimiento de la sede de la entidad, como el alquiler, los suministros o el personal. También se incluyen las reparaciones de mantenimiento, fotocopias, material de oficina y similares.
Organización de actividades de promoción y difusión y promoción de Cataluña y su cultura y lengua.
Organización de cursos de enseñanza de la lengua catalana, como son el coste del profesorado y del material facilitado a los alumnos.
Programas de ayudas sociales para miembros de las comunidades catalanas del exterior.
Apoyo a la nueva emigración. La subvención es para las comunidades catalanas en el exterior y no para los nuevos emigrantes. Existen dos líneas por este concepto:
Actuaciones derivadas del servicio de acogida MónCat.
Otras actuaciones y las que no forman parte de los países incluidos en el portal Móncat.
Las solicitudes se pueden presentar de manera presencial o a través de internet.
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