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Fiscalía pide una multa de 2.880 euros para un hombre por empotrar su coche contra la Fuente de Cuatro Caños

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OVIEDO, 19 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un acusado de empotrar su coche contra la Fuente de Cuatro Caños en Oviedo cuando conducía en estado de embriaguez. La vista oral está señalada para este martes, 20 de julio de 2021, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, a las 09.30 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 05,17 horas del día 13 de julio de 2019, el acusado, nacido en 1983, conducía por el casco urbano de Oviedo después de haber ingerido bebidas alcohólicas, razón por la que sus facultades psicofísicas se encontraban disminuidas. Debido a ello, circulaba a una velocidad excesiva y, en todo caso, superior a la adecuada para las circunstancias de la vía.

Así, al llegar a la Plaza de los Cuatro Caños, procedente de La Corredoria Baja y con dirección a La Estrecha, no giró en la glorieta, continuó de frente, invadió la zona ajardinada unos treinta metros y chocó contra el muro de protección de la plaza y contra la fuente.

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El acusado presentaba ropa desordenada, sucia y rota, aspecto general nervioso y tembloroso, comportamiento insultante, equilibrio balanceante, movimientos torpes y lentos, reflejos lentos, rostro pálido y congestionado, olor a alcohol en el aliento, ojos enrojecidos, habla pastosa y balbuceante, expresión verbal repetitiva e incoherente y respuestas embrolladas.

A las 05.55 horas se sometió a la prueba de alcoholemia, que arrojó un resultado de 0,82 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. A las 06.10 horas, el resultado fue de 0,78 mg/l. El acusado rehusó efectuar una contraprueba.

La Fuente de los Cuatro Caños, propiedad del Ayuntamiento de Oviedo, fue declarada Bien de Interés Cultural por Decreto 86/92, de 30 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura, Deportes y Juventud del Principado de Asturias. La resolución de 20 de septiembre de 2018 de la Consejería de Educación y Cultura incluyó la fuente y el lavadero dentro del Patrimonio Cultural de Asturias.

No consta el importe de su reparación pero en todo caso el de los materiales empleados es, al menos, de 2.830,12 euros. La Fiscalía considera que los hechos constituyen un delito contra la seguridad vial del artículo 379.2 del Código Penal en concurso con un delito de daños por imprudencia grave en bien de valor cultural del artículo 324, a penar exclusivamente el primero por aplicación de lo dispuesto en el art. 382 CP.

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Y solicita que se condene al acusado a multa de 12 meses, con una cuota diaria de 8 euros (2.880 euros), con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 4 años. La pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores impuesta comportará, conforme a lo dispuesto en el Código Penal, la pérdida de vigencia del permiso que habilite para la conducción.


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