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Los 29 recursos que se encuentran en poder del Supremo permitirán establecer la doctrina en la aplicación de la ley del «sólo sí es sí»

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MADRID, 06 (SERVIMEDIA)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) hará pública mañana, miércoles, su doctrina sobre la aplicación de la llamada ley del ‘sólo sí es sí’ y los criterios que se deben seguir en la revisión de condenas afectadas por esta reforma legislativa, tras concluir el pleno monográfico sobre este asunto que comenzó este martes.

La norma sobre la que se va a pronunciar el TS levantó una auténtica polvareda política alentada por más de un millar de revisiones a la baja de las penas impuestas por agresión sexual desde su entrada en vigor en octubre de 2022. En un primer momento el Gobierno de coalición se mostró partidario de esperar al pronunciamiento de la Fiscalía y del Supremo sobre la norma.

El Ministerio Publicó emitió sendas instrucciones, pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo se hizo esperar tanto que, finalmente, la parte socialista del Ejecutivo impulsó una reforma de la ley que entró en vigor el pasado 28 de abril, que en cualquier caso no tendrá repercusión sobre las condenas o los recursos presentados durante la vigencia de la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad.

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La reforma elevó las penas de prisión hasta las cuantías en las que se situaba antes de la aprobación de la ley del ‘sólo sí es sí’ volviendo a introducir la distinción entre agresiones sexuales con violencia o sin ella, que va en contra, según Unidas Podemos y el Ministerio de Igualdad, de la figura del consentimiento, que pretendían desligar de la violencia.

Sobre la mesa del Supremo hay 29 recursos contra autos de audiencias provinciales que revisaron las penas como consecuencia de la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’ y de varios condenados por violación que piden rebajas en sus condenas.

Desde el momento de la entrada en vigor de la ley, el Supremo se ha pronunciado sobre 70 sentencias, manteniendo las condenas en 50 de ellas. Según los datos manejados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ya se han producido más de un millar de revisiones de sentencias a la baja y más de un centenar de excarcelaciones.

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Ahora, la Sala Segunda del Supremo, presidida por Manuel Marchena, se enfrenta a la tarea unificar criterio para la revisión de condenas firmes a agresores sexuales. El debate está siendo arduo, según fuentes del alto tribunal, puesto que hay disparidad de pareceres entre los 14 miembros de la Sala. El TS se ha pronunciado hasta ahora sobre sentencias que no eran firmes, como el de los futbolistas de la Arandina, a los que rebajó la pena de 10 a nueve años.

Se trata de calibrar el criterio matizado sobre la aplicación de la norma más favorable al reo, tal y como establece la Constitución. Las revisiones afectan en su mayor parte a los tramos más bajos de las condenas.

Por su parte, la Fiscalía General del Estado dictó nuevas instrucciones en relación a la aplicación de esta ley durante el pasado mes de marzo para unificar la postura del Ministerio Público ante las revisiones de condena a los agresores sexuales. Como regla general, establecen la oposición de la Fiscalía a la reducciones de pena siempre que la condena del agresor impuesta con el anterior Código Penal se pueda imponer con la nueva ley.

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