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El TSJC acepta los recursos de Ascel contra la caza de lobos por parte del Gobierno cántabro en 2022

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SANTANDER, 25 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha estimado los recursos presentados por la Asociación para la Conservación del Lobo Ibérico (ASCEL) contra las resoluciones de la Consejería de Desarrollo Rural del Gobierno regional que en verano de 2022 autorizaron la extracción de cánidos.

En varias sentencias notificadas estos días y contra las que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el TSJC considera que el Ejecutivo autonómico no cumplió con todos los requisitos que exige la ley para autorizar la extracción de ejemplares de esta especie, a la que «darle muerte está prohibido».

En línea con lo resuelto en otra sentencia difundida el pasado viernes y en la que los jueces estimaban el recurso de la asociación Ecologistas en Acción, la regla general es «clara, precisa, incontestable», y «responde al fin que se toma como punto de partida: el mantenimiento de la especie en un estado de conservación favorable».

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En este sentido, la Sala añade que «dicha regla tiene excepciones y tiene condicionantes en su puesta practica». Así, contempla la norma como excepción que el lobo esté causando perjuicios importantes al ganado, pero, al tiempo, exige que se cumplan unos requisitos, como que no haya otra solución satisfactoria alternativa a la muerte del cánido y que la extracción no afecte al estado de conservación de las poblaciones sobre las que se va a actuar.

En sus sentencias, el tribunal considera que la administración no ha logrado acreditar ambos extremos. Y es que «se ha limitado a aseverar la presencia en las explotaciones ganaderas afectadas de perros mastines o de otras razas, y ha tratado de explicar la improcedencia de ciertos vallados en los montes públicos».

Y, por otro lado, el informe que ha aportado «ni delimita de forma diáfana el área objeto de estudio, ni se refiere a las características de las manadas afectadas, ni pone en relación directa la extracción autorizada con el estado de conservación de la especie».

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Para la Sala de lo Contencioso del TSJC, tales explicaciones no resultan suficientes para justificar la necesidad de la medida, ya que «la norma exige mucho más».

Por todo ello, estima el recurso de ASCEL y anula la extracción de lobos acordada por el Gobierno, al que impone el pago de las costas procesales.


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