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FROET acusa a Educación de «faltar a la verdad» porque el recurso de sus asociados sí ha sido estimado parcialmente

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MURCIA, 24 (EUROPA PRESS)

La Federación Regional de Organizaciones y Empresas de Transporte de Murcia (FROET) ha acusado a la Consejería de Educación y Cultura de «faltar a la verdad» porque el recurso de sus asociados sí ha sido estimado parcialmente.

FROET ha contestado de esta manera a la Consejería, que en un comunicado afirmaba que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha resuelto, desestimándolas en su conjunto, los recursos interpuestos por diversos transportistas y por la Federación contra el Acuerdo Marco redactado para el desarrollo de la contratación de los servicios de transporte escolar.

En este sentido, FROET ha aclarado que «es incierto que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales haya resuelto desestimando en su conjunto los recursos interpuestos por diversos transportistas y por FROET», tal y como afirma la Consejería en su nota.

Así, la Federación explica que los recursos que desestima el Tribunal son los interpuestos por la asociación empresarial DIREBUS, ajena a FROET, y el interpuesto por la Unión Sindical Obrera de la Región de Murcia (USO).

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«Al contrario, precisamente el recurso interpuesto por las empresas asociadas a FROET, y no por FROET, por cuanto ésta nunca ha recurrido el acuerdo marco, ha sido estimado por el Tribunal, parcialmente, ordenando a la Consejería la retroacción de las actuaciones para que complete la documentación contractual a los efectos de calcular el valor de los lotes de los contratos, que es lo que realmente se reclamaba por las empresas asociadas», según las mismas fuentes.

En segundo lugar, FROET señala que, como consecuencia de esa declaración del Tribunal, estimando parcialmente el recurso de los transportistas de FROET, «el procedimiento del Acuerdo Marco no puede proseguir a los efectos de su aplicación, sino que el mismo debe retrotraerse al momento señalado por el Tribunal tal y como se ha indicado anteriormente».

Asimismo, la Federación advierte que la resolución del Tribunal Administrativo Central de recursos Contractuales es definitiva en vía administrativa, sin perjuicio de ser recurrible ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de la Región de Murcia, planteándose las empresas asociadas a FROET esta posibilidad, una vez estudiada en profundidad la referida resolución.

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Tampoco es cierto para FROET que las empresas de transporte escolar hayan aceptado la ampliación de sus contratos como compensación por la indemnización como consecuencia de la suspensión de sus contratos con motivo de COVID-19.

Y es que, añade, «precisamente esta Orden de ampliación de los contratos realizada por la Consejería, que así lo pretendía, ha sido recurrida por las empresas, por lo que los transportes que se realizan actualmente se amparan en la prórroga de sus contratos licitados en 2009».

Finalmente, FROET ha manifestado en reiteradas ocasiones que no está en contra de un Acuerdo Marco. Sí es contraria a que «cualquier Acuerdo Marco, no permita un transporte escolar de calidad, ofrecer unos empleos dignos y que las empresas prestatarias puedan obtener una retribución justa».


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