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Ararteko pide que la normativa urbanística no se use para poner «barreras» a los centros de culto de ciertas confesiones

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Critica que se recurra a razones ‘aparentemente neutras’ para objetivos poco «confesables» como restringir la libertad religiosa

VITORIA, 4 (EUROPA PRESS)

El Ararteko ha reclamado este lunes en el Parlamento Vasco que la normativa urbanística que regula la apertura de centros de culto no sea utilizada por las administraciones públicas con objetivos «menos confesables» como la introducción de «barreras» al desarrollo de determinadas confesiones.

El Defensor del Pueblo vasco-Ararteko, Manuel Lezeartua, ha comparecido ante la Comisión de Instituciones del Parlamento autonómico para plantear sus aportaciones al Proyecto de Ley de Lugares, Centros de Culto y Diversidad Religiosa de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado el pasado mes de junio por el Gobierno Vasco.

El objetivo del proyecto es garantizar el respeto a la diversidad religiosa, así como la convivencia y el diálogo en igualdad de condiciones de todas las confesiones.

En su intervención, el Ararteko ha afirmado que «la adecuada gestión pública del pluralismo religioso constituye una necesidad cada vez más relevante y urgente». Lezeartua ha indicado que esto es así porque en Euskadi, «la diversidad religiosa es, a día de hoy, un hecho social incontestable».

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Lezeartua ha afirmado que es precisamente en el ámbito de la diversidad religiosa donde los poderes públicos vascos «tienen la obligación de adoptar medidas positivas para asegurar el libre ejercicio de la libertad religiosa, tanto en su vertiente individual, para practicar los actos de culto, como en su vertiente colectiva, mediante la apertura de espacios para su práctica».

VITORIA Y BILBAO

Lezeartua ha aludido a las objeciones que, con argumentos urbanísticos, han planteado instituciones como los ayuntamientos de Vitoria-Gasteiz y Bilbao a la apertura de determinadas mezquitas en esos municipios.

Lezeartua ha advertido de que debe evitarse que «tras la normativa urbanística que regula la apertura de lugares de culto se escondan otros motivos menos confesables, como, por ejemplo, introducir barreras al desarrollo de una determinada confesión».

«Deben excluirse las normativas ‘aparentemente neutras’ queno tienen como objetivo genuino regular el derecho a la libertad de religión, sino que persiguen, de manera indirecta, establecer restricciones a la libre apertura de lugares de culto», ha afirmado.

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El Ararteko ha precisado que pese a ser un derecho fundamental que disfruta de una «garantía reforzada», la libertad religiosa no es «un derecho absoluto». De esa forma, ha señalado que «puedenestablecerse límites a la manifestación externa de la libertad religiosa cuando, en el caso concreto, resulte necesario».

«FINALIDAD LEGÍTIMA»

Sin embargo, ha destacado que la restricción a la libertad religiosa «ha de perseguir una finalidad legítima y la medida adoptada ha de ser necesaria en una sociedad democrática». Por ese motivo, ha manifestado que «ha de existir la debida proporcionalidad entre la gravedad de la injerencia sobre el derecho y la finalidad que con ella se persigue».

En este sentido, ha afirmado que la ordenación urbanística de los centros religiosos, «debe estar dirigida a garantizar su efectivo ejercicio, en igualdad de trato entre las confesiones religiosas, evitando la discriminación».

LA MEDIDA «MENOS RESTRICTIVA»

Además, ha indicado que de acuerdo al principio de proporcionalidad, las administraciones públicas deben motivar las medidas acordadas, «en especial, cuando limiten el ejercicio de derechos o cuando exijan el cumplimiento de requisitos para desarrollar una determinada actividad».

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En dicha motivación, ha añadido, la Administración «debe justificar que ha optado por la medida menos restrictiva para el ejercicio del derecho y debe justificar, asimismo, su adecuación paralograr los fines que se persiguen».


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