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Las ayudas directas a sectores afectados por Covid en Euskadi ascienden a 270 millones y cubrirán 173 actividades

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Se conceden para cubrir deudas pendientes y se estima que puede haber 35.000 beneficiarios que recibirán los primeros pagos en septiembre

VITORIA, 22 (EUROPA PRESS)

Las ayudas directas a sectores afectados por la Covid-19 en Euskadi para cubrir deudas pendientes ascienden a cerca de 270 millones y cubrirán 173 actividades económicas con la previsión de que puedan acceder a las mismas unos 35.000 beneficiarios. Del total de las ayudas, 218 millones son financiados con fondos estatales y el Gobierno vasco añade 50 millones adicionales.

El Consejo de Gobierno vasco ha aprobado este martes el decreto previo a la orden de convocatoria de las ayudas directas de apoyo a la solvencia de empresas y autónomos afectados por la Covid-19.

En la rueda de prensa posterior al consejo, el consejero de Economía y Hacienda ha precisado que en Euskadi estas ayudas rondarán los 270 millones, 218 millones financiados con fondos estatales y 50 millones adicionales aportados por el Ejecutivo vasco. A estas subvenciones podrán acceder 173 actividades económicas, ya que el Gabinete Urkullu han añadido 78 nuevas CNAES (actividades económicas) a los 95 contemplados en el Real Decreto español.

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El Departamento de Economía y Hacienda abrirá la convocatoria el próximo 5 de julio y se podrán presentar las solicitudes hasta el 30 de julio. La estimación es que podrán acceder a las mismas aproximadamente 35.000 beneficiaros.

Pedro Azpiazu ha precisado que, a lo largo del mes de agosto, se analizarán, y los primeros pagos llegarán en el mes de septiembre. «Hay un margen de cuatro semanas para poder enviar la documentación, por lo que quiero trasladar calma, de cara a no saturar el sistema, trataremos de que no se sature, pero pedimos colaboración», ha pedido el consejero.

En total, se han establecido tres líneas de cara a agilizar la tramitación, dos de las cuales serán de tramitación «más ágil» y cuyos detalles, según ha precisado el consejero, quedarán especificados en la convocatoria.

Las personas o entidades beneficiarias se han de comprometer a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta, al menos, el 30 de junio de 2022; a no repartir dividendos durante 2021 y 2022; y a no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años desde la concesión de la ayuda.

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CONDICIONES DE LAS AYUDAS

Azpiazu ha precisado que el Real Decreto Ley español 5/2021 fija que las ayudas tienen carácter finalista y se concederán para poder satisfacer las deudas con proveedores y bancos que, derivadas de compromisos contractuales o acuerdos de suministro anteriores al 13 de marzo de 2021, hayan sido devengadas en el período comprendido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, y se encontrasen pendientes de pago a esta última fecha.

Según ha detallado, en el empleo de las ayudas se establece que primero hay que pagar a proveedores por orden de antigüedad, determinado por la fecha de emisión de las facturas, y luego reducir deuda bancaria (primando la reducción del nominal de la deuda con aval público) y, por último, otros costes fijos.

Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás trámites se efectuarán exclusivamente por medios electrónicos, y se harán efectivas mediante un único pago. Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones públicas, o por entidades privadas destinadas al mismo fin, siempre que no se produzca «sobrefinanciación de las actuaciones subvencionables».

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ACTIVIDADES

Entre las 173 actividades que podrán ser objeto de apoyo están, entre otras, restaurantes y puestos de comidas, establecimiento de bebidas, hoteles y alojamientos similares o campings,

También se beneficiarán actividades como la extracción de minerales de hierro, la elaboración de vinos, sidra o helados, las artes gráficas, la reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial, la venta de automóviles y vehículos de motor ligero o el comercio al por mayor y por menor de diversos productos como el de bebidas en establecimientos especializados.

También se incluyen actividades relacionadas con el transporte marítimo o aéreo de pasajeros, de mercancías por carretera o por taxi. Además, se podrán beneficiar de las ayudas actividades de exhibición y producción cinematográfica o agencias de publicidad.

Asimismo, entre otras muchas, también se contempla apoyo para peluquerías, creación artística y literaria, actividad de los gimnasios, fabricación de tejidos textiles.


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