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El TSJC suspende de forma cautelar la medida del Gobierno de Canarias de exigir el certificado Covid

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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 29 (EUROPA PRESS)

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), con sede en Santa Cruz de Tenerife, ha suspendido de forma cautelar la medida del Gobierno de Canarias de exigir certificado Covid o prueba diagnóstica a los ciudadanos para acceder a establecimientos de hostelería, restauración, así como gimnasios, cines, teatros, auditorios y espacios culturales.

Asimismo, ha quedado suspendido el cierre total entre las 00.00 y las 06.00 horas, además el límite de aforo en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración queda fijado en un 50 por ciento tanto en nivel 3 como en el 4, según recoge el auto dictado por el TSJC tras el recurso interpuesto por Hostelería Unida Tenerife (HUT).

También se suspende el límite de aforo en el interior de gimnasios y actividades físicas no federadas en zonas interiores, así como cines, teatros, auditorios y espacios culturales, quedando fijado en un 55 por ciento para el nivel 4 y sin que se puede exigir para el acceso a estos lugares el certificado Covid o prueba diagnóstica de infección activa.

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En el auto, el Tribunal entiende que los hosteleros, que no tienen obligación de enseñar a sus clientes sus certificados Covid porque la vacunación no es obligatoria, «son habilitados por la medida en controladores de la salud pública, pasando a invadir el campo del derecho a la intimidad personal» protegido por la Constitución.

Asimismo, recuerda la Sala que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha insistido en la importancia que para la vida privada poseen los datos de salud, «señalando que el respecto al carácter confidencial de la información sobre la salud constituye un principio esencial del sistema jurídico de todos los Estados parte en la Convención».

Ante esta decisión del Tribunal, que aprecia un riesgo evidente para los derechos fundamentales y el interés público, y al ser una medida cautelar, en el propio auto se da tres días hábiles de plazo al Gobierno de Canarias para que haga sus alegaciones respecto al mantenimiento, modificación o revocación de lo acordado.

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De este modo, será la próxima semana cuando la Sala resuelva si mantiene sus actuales decisiones o las modifica a la vista de los argumentos de los servicios jurídicos del Gobierno regional.


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