Inicio Comunidad Valenciana Valencia EL AYUNTAMIENTO EMPIEZA LA TRAMITACIÓN DE LA CARTA MUNICIPAL DE VALÈNCIA.

EL AYUNTAMIENTO EMPIEZA LA TRAMITACIÓN DE LA CARTA MUNICIPAL DE VALÈNCIA.

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Ribó: “Hemos llegado a un acuerdo entre todos los grupos municipales del Ayuntamiento para proponer un borrador a la Generalitat”.

“Hoy hemos llegado a un acuerdo fundamental entre todos los grupos municipales del Ayuntamiento para proponer un borrador a la Generalitat y avanzar en la capitalidad”, ha expuesto el alcalde Joan Ribó, después de reunirse esta mañana con representantes de los diferentes grupos municipales del Ayuntamiento. Ribó ha explicado que la Carta Municipal de Capitalidad supone “la ampliación de competencias por parte del Ayuntamiento y se piden los recursos necesarios a la Generalitat para poderlas desarrollar”. Se prevé que los Presupuestos de la Generalitat incluyan un crédito específico para la ciudad.

El alcalde de València, Joan Ribó, se ha reunido esta mañana con representantes de los diferentes grupos municipales del Ayuntamiento para dar cuenta del trabajo elaborado por el equipo técnico en la elaboración del borrador de la Ley de Carta Municipal de València. Esta legislación otorgará a la ciudad de un régimen municipal especial con el objetivo de reforzar su autonomía para hacer posible un gobierno más eficaz, eficiente y más cercana a la ciudadanía. “Esta capitalidad es una cuestión muy importante para la ciudad de València porque se piden en una ley los recursos necesarios para hacer iniciativas que, de alguna manera, ya se están haciendo y que muchas veces nos faltan los recursos para llevar adelante”, ha dicho el alcalde.

En la reunión con el alcalde han estado presentes los concejales Pere Fuset, en representación de Compromís; Sandra Gómez, de PSPV-PSOE; Neus Fàbregas Santana, de València en Común; Alfonso Novo, del Partido Popular; y Fernando Giner, de Ciudadanos. Las conclusiones a las cuales se han llegado en este encuentro se trasladarán a la Dirección General de la Administración Local y, posteriormente, se creará una comisión mixta integrada por representantes de la Generalitat y el Ayuntamiento, que tendrá por objeto el estudio y la elaboración de la Carta Municipal de València. Una norma que después tendrá que ser tramitada en les Corts Valencianes.

La Carta Municipal de València aborda “el tratamiento singularizado” de esta ciudad “derivado tanto de su condición de capital de la Comunidad Valenciana como de los factores que provienen de su condición de gran ciudad”, donde se tienen en cuenta los núcleos históricos de los Pobles de València, así como su patrimonio natural y medioambiental.

El texto hace referencia al Consell Social de la Ciutat, como órgano consultivo, y, en el ámbito financiero, se prevé que los Presupuestos de la Generalitat incluyan un crédito específico para la ciudad que tenga en cuenta los efectos económicos y sociales de la capitalidad. En la disposición final se concede al Ayuntamiento del plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley para adaptar sus normas orgánicas a esta.

El borrador de ley se estructura en un título preliminar y seis títulos con 80 artículos, una disposición final y una transitoria.

LA CARTA MUNICIPAL TÍTULO POR TÍTULOEn el título preliminar se dispone el régimen jurídico especial de la ciudad, constituida en capital de la Comunidad Valenciana. Este aspecto es la primera vez que se recoge en una normativa. Además, se regulan los títulos de la ciudad, los símbolos, y también se menciona el patrimonio histórico, monumental y medioambiental —con una referencia especial a l’Albufera—, así como la singularidad demográfica y territorial que suponen los Pobles de València.

La organización del Gobierno municipal y la administración municipal aparecen recogidas en el primer título, junto con las relaciones interadministrativas. En el segundo título se regula la potestad normativa del Ayuntamiento y las clases de normas municipales, distinguiendo entre reglamentos, ordenanzas y bandos municipales. En cuanto a la garantía de la participación ciudadana, el título tercero contempla la creación de los mecanismos y los espacios necesarios para el acceso efectivo a las diferentes formas de participación.

A lo largo del título cuarto —el más largo de la norma— se clarifica el régimen de competencias atribuidas a la ciudad por la Comunidad Autónoma. Así, se reconoce “la autonomía constitucionalmente garantizada, que tiene que asegurarse por parte de la Generalitat, mediante la atribución suficiente de competencias, así como la financiación adecuada para el ejercicio de estas”. En cuanto al urbanismo, el consistorio asume algunas competencias que hoy corresponden a la Generalitat y que el Ayuntamiento tiene capacidad de ejercer en esta ley, como por ejemplo, en materia de planteamiento municipal y sus modificaciones (incluidas las modificaciones del mismo Plan General Estructural), o la evaluación ambiental y la declaración urgente de ocupación en la expropiación forzosa. Además, se proclama “el objetivo de crear un patrimonio municipal de viviendas en régimen de alquiler suficiente”, así como “el establecimiento de servicios de mediación para los usuarios de viviendas que se vean privados de ellas como consecuencia de procesos civiles, o la tramitación de ayudas públicas en materia de alquiler social y para la pobreza energética”.

Este título también recoge que “velará por una coordinación transversal de las políticas que favorezcan la relocalización del sistema agroalimentario hacia modelos sostenibles”, y también se hace hincapié en la mitigación del cambio climático. En el ámbito cultural, se reconoce en esta norma el valor cultural del Archivo Histórico Municipal y el interés cultural de las Fallas, y se indica que “se promoverán y se difundirán las festividades tradicionales más representativas”, como por ejemplo Sant Vicent Màrtir, Sant Vicent Ferrer, el Corpus, la Mare Déu dels Desemparats y la Semana Santa Marinera, además de las festividades populares de los barrios y Pobles de València.

Al mismo tiempo, la Carta Municipal de València proclama los principios generales de la movilidad urbana sostenible y “incluye la orientación de las políticas públicas hacia la progresiva peatonalización de los centros históricos, las áreas comerciales y otros ámbitos. Además, se indica que el Ayuntamiento promoverá políticas para la igualdad de las mujeres y para garantizar los derechos y las libertades de todos los colectivos de la ciudad, así como acciones de recepción y acogida.

El título cuarto de la norma también contempla un capítulo de ocupación, con acciones en formación, orientación y emprendeduría; de turismo y promoción económica; y de solidaridad y cooperación al desarrollo, donde se indica que el consistorio asumirá los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Este apartado incluye además un capítulo sobre internacionalización, donde se indica la idea de hacer visible la ciudad hacia el exterior, y otro sobre telecomunicaciones y tecnologías de la información y la comunicación, donde se apunta la capacidad de las nuevas tecnologías como herramienta para reducir la brecha digital. 


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