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Se amplía el plazo para renovar el bono social hasta el próximo 9 de octubre

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PARA QUIENES YA ERAN BENEFICIARIOS

Se ha prorrogado durante seis meses más el plazo para que los consumidores acogidos al modelo anterior puedan solicitar su inclusión en el nuevo bono social, presentando la documentación que les acredite como beneficiarios del descuento. El Gobierno central ha clarificado, además, algunos aspectos de los formularios de solicitud del bono social, tras las consultas recibidas por usuarios y comercializadoras en esta materia.

El bono social aprobado es un descuento en la factura eléctrica al que pueden acogerse los consumidores en función de su nivel de renta y de determinadas circunstancias personales. Este descuento será del 25% para los consumidores vulnerables, del 40% para los vulnerables severos y del 50% para aquellos consumidores vulnerables que estén siendo atendidos por los servicios sociales.

La legislación establece como consumidores vulnerables a los pensionistas perceptores de rentas mínimas, familias numerosas y aquellas con una renta inferior a unos determinados umbrales, que se verán incrementados en caso de personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o terrorismo. Serán considerados consumidores vulnerables severos aquellos con una renta inferior a la mitad de los establecidos para los vulnerables.

Además, el nuevo bono incluye una serie de medidas para reforzar la protección al consumidor en la comercialización de la luz y ante los cortes de suministros. Entre ellas, la ampliación del plazo de suspensión del suministro por impago para consumidores con bono social, que pasa de dos a cuatro meses o la prohibición del corte de su suministro, así como la cofinanciación del 50% de sus facturas por las administraciones competentes para los consumidores en riesgo de exclusión social.

Para poder acogerse al bono social, los consumidores deberán presentar su solicitud junto a la documentación acreditativa por diversos medios: por teléfono, en la web, por fax, correo postal, mail o en las oficinas de la empresa comercializadora. Puede consultarse más información en el Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid o en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.


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