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La Comunidad tramita la nueva normativa para ampliar horarios en el sector del ocio y la restauración

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Se plantea que las discotecas con licencia de restauración puedan empezar su actividad a partir de las 12 horas

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

La Comunidad de Madrid ha publicado el proyecto de la nueva Orden que debe regular en la región los horarios de los locales de espectáculos y actividades recreativas y otros establecimientos abiertos al público.

Esta iniciativa, a través de la consejería de Presidencia, Justicia e Interior, se encuentra en periodo de información pública y, de acuerdo con los plazos acordados, podría estar aprobada a finales de este año, según ha informado el Gobierno regional en un comunicado.

El texto, accesible en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, tiene como «objetivo facilitar la actividad, el turismo, la creación de empleo y, por tanto, impulsar la recuperación de la economía regional en sectores afectados como consecuencia de la crisis provocada por el Covid-19».

Desde el Ejecutivo madrileño han explicado que para la elaboración de esta propuesta se ha tenido en cuenta, especialmente, el derecho al descanso y la tranquilidad de los entornos vecinales en los que se ubican estos establecimientos. De hecho, para la extensión de horarios de los locales incluidos en la Orden ha prevalecido el adelanto de las horas de apertura sobre el retraso de las de cierre.

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Así, siguiendo ese criterio, en el proyecto del Ejecutivo regional plantea que los bares especiales, (bares de copas) puedan abrir una hora más, esto es, de 12 a 03 horas. Con la norma actual, la apertura se sitúa a las 13 y la clausura a las 03 horas.

En el caso de las discotecas, la apertura seguirá fijada, como hasta este momento, a las 17.00 y el cierre a las 05.30. La novedad es que, aquellos que cuenten con licencia de restauración, podrán empezar su actividad a partir de las 12, manteniéndose hasta las 5.30 horas.

En el caso de las terrazas, el proyecto de la Orden plantea que la hora de inicio pase de las 10 actuales, a las 8 horas. Como hasta este momento, del 1 de noviembre al 15 de marzo el cierre de las terrazas será a la 1 y, del 16 de marzo al 31 de octubre, este se mantendrá a las 1.30 horas.

Las terrazas situadas en zonas no residenciales podrán estar operativas del 16 de marzo al 15 de octubre de 8 horas a 2.30 horas, siempre que cuenten con permiso previo del ayuntamiento en el que se ubiquen.

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RESTAURACIÓN Y ESPECTÁCULO

Los locales de ocio nocturno con restauración y espectáculo, como cafés- espectáculo, salas de fiestas y restaurantes-espectáculos, podrán abrir, si se aprueba el proyecto, cuatro horas más, de 13 a 5.30 horas. Con la normativa actual, el inicio es a las 17 y el cierre a las 5.30. De este modo podrían servir comidas además de cenas.

En esta tipología se enmarcan los tablaos flamencos, espacios históricos con gran tradición en Madrid, que el Gobierno regional quiere «proteger, apoyar y promover por su innegable importancia cultural».

Por su parte, los salones de banquetes, en los que tradicionalmente se celebran bodas, comuniones y eventos de tipo familiar, podrán cerrar sus puertas una hora más tarde, es decir, podrán empezar a las 10 y hasta las 3 horas. En la actualidad, estos espacios pueden abrir a las 10 y seguir funcionando hasta las 02.

En cuanto a los locales de juego, la apertura se mantiene a las 10 y la clausura a las 00.30, pero del 1 de julio al 30 de septiembre el proyecto de la nueva normativa plantea que el cierre se pueda retrasar 30 minutos, hasta la 1 hora.

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Por su parte, los bingos continuarían con el horario en vigor (de 12.30 a 3 horas), ampliándose 30 minutos el cierre -hasta las 03.30- también del 1 de julio al 30 de septiembre. Mientras, esta Orden no regula el horario de los casinos, que seguirán con el establecido.

AMPLIACIÓN EN FIESTAS COMO NAVIDAD

Asimismo, durante la celebración de fiestas Patronales, de Navidad, Año Nuevo, Reyes, y actividades declaradas de interés general por los ayuntamientos, los locales contemplados en el proyecto, podrán ampliar su cierre en dos horas, siempre que lo autorice el ayuntamiento correspondiente. Con la norma en vigor, esa extensión para cesar su actividad es solo 60 minutos sobre el horario establecido.

Los horarios del resto de locales afectados por esta Orden, entre ellos, restaurantes, cafeterías, bares, tabernas y bodegas, no sufren cambios en este proyecto de norma con el que el Ejecutivo regional quiere contribuir a reactivar la economía e impulsar la recuperación.


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