Medidas que afectan los municipios de Figueres y Vilafant
El Gobierno ha acordado nuevas medidas que entran en vigor a partir del dÃa 3 de agosto para contener el brote de COVID19 en los municipios de Figueres y Vilafant, en la comarca del Alt Empordà . Las medidas continúan siendo recomendaciones. Se añade el levantamiento de la prohibición de apertura de las equipaciones deportivas, teatros, cines y establecimientos deportivos y las actividades de culto. Las medidas serán de aplicación durante 15 dÃas más.
Estas nuevas medidas no afectan el cierre del ocio nocturno que continúa vigente.
Reuniones de personas
Prohibición de hacer reuniones de más de diez personas, tanto en el ámbito público como en el privado. En el caso de los espacios públicos no se permite, además, el consumo ni de alimentos ni de bebidas.
Los actos religiosos como casamientos, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres limitan la asistencia al 33% del aforo.
Movilidad y desplazamientos
Se recomienda salir de casa solo por:
desplazamiento al trabajo
desplazamiento en centro sanitario
cuidado de personas mayores, menores o dependientes
compra a tiendas de alimentación u otras con cita previa o aviso previo
ocio y deporte con el grupo de convivencia habitual
gestiones al banco
actividades judiciales
huertos de autoconsumo
mudanzas
causas de fuerza mayor
por exámenes o pruebas oficiales inaplazables
Restauración y hostelerÃa
Se permite la apertura de bares y restaurantes con el aforo en el interior limitado al 50%, sin posibilidad del consumo en barra, y que a las terrazas tiene que haber 2 m entre mesas y grupos de mesas.
En los establecimientos hoteleros, el aforo de los espacios comunes se limita al 50% del aforo autorizado.
Siempre que sea posible, se tienen que utilizar preferiblemente servicio a domicilio y pedidos para llevar
Comercios
Tanto en espacios cerrados, como en espacios al aire libre, la distancia fÃsica interpersonal de seguridad se establece en 1,5 m. El aforo máximo permitido es el equivalente a 2,5 m² por persona.
Todos los establecimientos tienen que incrementar las medidas de precaución e higiene en el interior de los locales.
Permanecen abiertos
Actividades culturales, de espectáculos públicos, recreativas y deportivas siempre que no superen el 50% del aforo
Las actividades de casales y colonias de verano.
Bibliotecas y museos.
Se levanta la prohibición que afecta las equipaciones deportivas, teatros, cines y establecimientos deportivos y las actividades de culto
Más información
Resolución SLT/1962/2020, de 31 de julio por la cual se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en los municipios de Figueres y Vilafant.
Resolución SLT/1748/2020, de 19 de julio por la cual se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en los municipios de Figueres y de Vilafant, de la comarca del Alt Empordà .