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Becas para enseñanzas postobligatorias no universitarias

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El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de octubre


Del 17 de agosto al 1 de octubre se pueden solicitar las becas para estudiantes que durante el curso académico 2018-2019 cursen enseñanzas postobligatorias no universitarias. Pueden solicitar las becas los estudiantes de las enseñanzas siguientes:

Primeros y segundos cursos de bachillerato

Formación profesional de grado medio y de grado superior

Enseñanzas artísticas profesionales

Enseñanzas deportivas

Enseñanzas artísticas superiores

Estudios religiosos superiores

Estudios militares superiores

Estudios de idiomas en escuelas oficiales (incluida la modalidad de distancia)

Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados

Formación profesional básica

Importes de las becas

Las cuantías que se pueden otorgar son las siguientes:

Cuantías fijas:

Ligada a la renta del estudiante (1.600 €)

Ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar (1.500 €)

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Beca básica (200 €)

Cuantía variable:

La beca puede incluir una cuantía variable y diferente para los diferentes solicitantes que resulta de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar. El importe mínimo es de 60 €.

Los beneficiarios de beca con domicilio familiar en la España insular o en Ceuta o Melilla que utilicen transporte marítimo o aéreo para acceder al centro docente desde su domicilio, dispondrán de 442 € más sobre la beca que les haya correspondido.

Cuantía fija ligada a la excelencia (50 € – 125 €).


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