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El Gobierno acata el auto del TSJC que tumba el cierre interior de la hostelería y presentará alegaciones

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Los hosteleros, satisfechos con la decisión, aunque lamentan que «van a llevarnos a casi todos al psiquiátrico» con los continuos cambios

SANTANDER, 31 (EUROPA PRESS)

El Gobierno de Cantabria acata el auto del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad que ha dejado sin efecto el cierre interior de los establecimientos hosteleros en aquellos municipios de la región que se encuentren en nivel tres de riesgo por coronavirus.

Además, el Ejecutivo presentará alegaciones en el plazo establecido -tres días- por el TSJC, según han señalado fuentes de la administración, que han indicado también que en el momento en el que la resolución judicial sea definitiva, valorará y determinará los pasos a seguir.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal cántabro dejó anoche sin efecto el cierre interior de los locales de hostelería al estimar la medida cautelar urgente solicitada por la asociación empresarial que representa al sector, que pedía dejar sin efecto dicho cierre en aquellos ayuntamientos cántabros que están en nivel de alerta 3 por el Covid.

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La restricción que queda sin efecto está prevista en la resolución de la Consejería de Sanidad del pasado martes, que informó de la situación en nivel 3 de 19 municipios cántabros.

Dos días después, el jueves, los hosteleros de la comunidad recurrieron la resolución y solicitaron la adopción de una medida cautelar urgente -sin escuchar a la parte demandada- consistente en dejar sin efecto el cierre, medida que ha sido atendida por la Sala.

Así, desde el viernes el Gobierno tiene tres días para alegar lo que estime oportuno en relación con el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida cautelar urgente acordada por el tribunal.

Los hosteleros han mostrado, a través del presidente de la AEHC, Ángel Cuevas, su satisfacción por el auto judicial, en plena temporada alta del sector, además.

En declaraciones a RNE, recogidas por Europa Press, ha manifestado que «van a llevarnos a casi todos al psiquiátrico» por los cambios en las restricciones, que en una sola jornada abarcaron del cierre interior de la hostelería en los municipios con mayor incidencia de casos a la apertura de los mismos, pasando por la posibilidad de acceder con el pasaporte Covid.

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Ante esto, Cuevas cree que «hay que ponérselo fácil» a los hosteleros, también a los del ocio nocturno. Y en este último sentido, ha valorado el diálogo con la Consejería de Turismo y su titular, Javier López Marcano, que ven como «un aliado» y con el que se sienten «tremendamente apoyados», además de «esperanzados» tras anunciarles la habilitación de una «partida especial» de ayudas para los negocios de la noche.

Por lo demás, el presidente de los hosteleros ha calificado de «bastante inestable» la temporada estival, con cancelaciones por la situación y noticias del Covid y reservas que «no entran con la fuerza que tenían que entrar» en esta época del año, marcada además por un tiempo poco veraniego.

PERJUICIOS IRREPARABLES Y MEDIDA EXCEPTUADA POR EL PASAPORTE COVID

Las razones de los magistrados para acceder a la suspensión de la limitación de acceso a los interiores de los establecimientos se fundamentan en «la existencia de perjuicios irreparables desde el primer momento que se adopta la recurrente limitación», teniendo en cuenta que las empresas dedicadas a la actividad «no soportan la situación actual de incertidumbre».

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En este sentido, alude el tribunal al «debate, que por su notoriedad y relevancia ha trascendido y las autoridades sanitarias sin duda ponderan, sobre la virtualidad de que la medida de cierre del interior de los establecimientos -en un momento álgido de la temporada turística de la región- pueda ser matizada o exceptuada con un control de acceso al interior de esos establecimientos por parte de personas que ya hayan recibido su pauta de vacunación completa», en referencia al acceso a quienes dispongan del pasaporte Covid.

«El mero planteamiento de dicha posibilidad por la administración provoca que la medida adoptada deba ser suspendida desde este momento, todo ello con el carácter indiciario de una resolución cautelar como la dictada, susceptible de ser alterada en los próximos días después de que la administración sea oída al respecto», concluye.


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