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Tribunales.- Condenado a 3 años y 7 meses por comprar coches y muebles a costa de su vecina discapacitada

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SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha resuelto mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, el juicio previsto para este miércoles contra un varón acusado de comprar dos coches y muebles con cargo a una vecina suya con un grado de discapacidad psíquica del 65 por ciento, abusando de la «confianza» y «falta de conciencia» de la mujer, ya fallecida. Finalmente, el encartado ha reconocido los hechos y ha aceptado una condena a tres años y siete meses de cárcel que se suma a la pena de prisión que ya cumple.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, recogido por Europa Press, el acusado es Ricardo A.G., quien «conociendo la situación de vulnerabilidad de su vecina» Ana María H.L., que padecía un 65 por ciento de discapacidad psíquica y con la que tenía una «estrecha relación de confianza al menos desde 2013»; supuestamente «aprovechando la falta de conciencia y voluntad» de la citada mujer y «abusando» de su confianza, «le hizo suscribir varios contratos de compra y de financiación de dichas compras», siempre supuestamente.

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Más al detalle, el encartado habría hecho que Ana María H.L. comprase dos coches marca Opel «utilizados por el investigado y un hijo de este», ambos «a nombre de la víctima», constando presuntamente la financiación de uno de ellos a través de un préstamo de 28.208 euros a cuenta de la mujer.

LA ADQUISICIÓN DE MUEBLES

Además, y según el Ministerio Público, el encartado habría comprado mobiliario para su domicilio por valor de 3.263 euros presuntamente con cargo a la cuenta de su vecina.

El 29 de noviembre de 2019, según la Fiscalía, el acusado se habría personado en el domicilio de su vecina al comunicarle el hijo de la misma que la mujer «podría haber fallecido» tras sufrir «un desvanecimiento». «Una vez en el domicilio y tras comprobar el fallecimiento» de la mujer, el encartado, siempre presuntamente, «se apoderó de una tarjeta bancaria» de la fallecida, «abusando de la confianza» del hijo de la misma, y retiró supuestamente 765 euros en efectivo de la cuenta en un cajero automático, considera la Fiscalía.

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Horas más tarde, según la Fiscalía, el encartado habría sido «sorprendido por un vecino del inmueble» donde habitaba la entonces ya fallecida, «merodeando por las escaleras con unas llaves que poseía de la vivienda» de la finada, «sin estar en la vivienda ninguno de los moradores».

PENA DE CÁRCEL

Por ello, la Fiscalía achacaba a Ricardo A.G. dos presuntos delitos de falsificación en documento mercantil en concurso con un delito de estafa y un delito adicional más de estafa, en todos los casos con la agravante de abuso de confianza, reclamando para él un total de diez años de cárcel y dos multas que suman 6.000 euros.

Empero, fruto del acuerdo de conformidad alcanzado entre la defensa del encartado, la Fiscalía y la acusación particular ejercida por el hijo de la fallecida, el último párrafo del escrito de acusación del Ministerio Público ha sido suprimido y los hechos han sido calificados como un único delito de estafa agravada y continuada, reconociendo Ricardo A.G. los citados hechos.

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Así, el acusado ha sido finalmente condenado, por conformidad entre las partes, a tres años y siete meses de cárcel, una multa de 3.000 euros y a indemnizar con 40.000 euros al vástago de la víctima «por los impagos de las operaciones» concertadas con cargo a la fallecida. Ricardo A.G. se ha mostrado «conforme» con esta condena, que se une a la pena de cárcel que ya cumple por otra causa diferente.


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