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El BOJA se adapta a los cambios tecnológicos para promover la protección de datos y los formatos abiertos

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El Consejo de Gobierno aprueba también la nueva regulación de los órganos de gobierno de las Cámaras de Comercio y su proceso electoral


El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo reglamento del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en sustitución del vigente desde 2012. La norma se adapta a los cambios normativos y tecnológicos de los últimos años y establece el medio electrónico como única forma de relación con la unidad encargada de su edición y difusión. En consonancia con el compromiso del Gobierno andaluz con la modernización administrativa, la transparencia y la apertura de datos, la publicación se ofrecerá también en formatos abiertos y susceptibles de reutilización.

Como principal novedad, el decreto incluye la regulación expresa de dos medidas técnicas destinadas a reforzar la protección de datos de carácter personal. La primera es el establecimiento de un mecanismo para que se pueda solicitar la desindexación de los mismos en la publicación electrónica del BOJA, ante el centro directivo con competencias en su gestión. La segunda dispone la ocultación, a los seis meses de su publicación, de los textos que contengan datos de carácter personal publicados en el suplemento de Anuncios.

Ambas medidas responden a la creciente demanda ciudadana de evitar que los buscadores localicen aquellos textos donde se hayan publicado datos personales necesarios en su momento para el cumplimiento de una obligación administrativa, pero cuya permanencia puede no estar ya justificada.

El decreto también introduce diversas mejoras en los procedimientos de confección, envío y publicación de textos; la ampliación del abanico de personas susceptibles de tener la facultad de su remisión, y una nueva distribución de capítulos y artículos, además de medidas de revisión y clarificación de la redacción.

Finalmente, la norma prevé flexibilizar la frecuencia de publicación, con la posibilidad de emitir más de un boletín ordinario al día, así como boletines extraordinarios cualquier día del año; redefine la estructura de secciones para hacerla más accesible a los intereses de la ciudadanía, y crea dos suplementos –Administración de Justicia y Anuncios– que, por sus características, merecen un tratamiento diferenciado.

El decreto de aprobación del reglamento establece un periodo de seis meses, a partir de su publicación, para la preparación de todos los cambios que recoge y su correspondiente entrada en vigor.

Cámaras de Comercio

Asimismo, el Consejo de Gobierno ha aprobado también el decreto por el que se regula la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicio y Navegación de Andalucía, así como su procedimiento electoral. La nueva norma, que sustituye a la vigente desde 2005 para adaptarse a la nueva ley básica estatal, incrementa la representación directa de las empresas y sus organizaciones, adecuándola a la realidad económica de cada territorio. Además, dota de mayor agilidad y eficiencia al proceso de elecciones, iniciado por el Estado a escala nacional y abierto hasta el 31 de marzo.

El nuevo texto, elaborado con el consenso del Consejo Andaluz de Cámaras y de la Confederación de Empresarios de Andalucía, regula la composición y funcionamiento de los órganos de  gobierno (Pleno, Comité Ejecutivo y Presidencia) fijando un nuevo reparto de las vocalías en el primero de ellos.

Como principal novedad, y de acuerdo con la ley estatal, se eleva del 15 % al 25 % del total de las vocalías el número de representantes propuestos por las organizaciones empresariales, así como de las empresas con mayores aportaciones voluntarias a las corporaciones. El 75 % restante se elegirá mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre los componentes del censo de cada cámara, teniendo en cuenta la importancia de los distintos sectores en indicadores como la aportación al Producto Interior Bruto, el número de sociedades, el empleo generado la incidencia en el desarrollo económico. Asimismo, se garantiza la representación equilibrada de mujeres y hombres en la estructura y composición del pleno respecto a las vocalías de libre elección.

En cuanto al procedimiento electoral, las principales novedades se derivan de la reducción general de los plazos que introduce el decreto para las distintas fases. Además, la persona que asuma el cargo de la presidencia de una cámara no podrá superar más de dos mandatos consecutivos, y se establece explícitamente la inelegibilidad de quienes estén incursas en alguna causa legal que lo impida, las condenadas por delito económico con sentencia firme y  las sancionadas o condenadas por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias en la legislación vigente.

Finalmente, cada cámara deberá dar publicidad a la convocatoria electoral en su sede social y en su página web, así como a través de los medios de comunicación, además de adoptar las medidas necesarias para para promover y facilitar la presentación de candidaturas de mujeres.

Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicio y Navegación se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las administraciones públicas para la representación, promoción y defensa de los intereses generales de estos sectores y para la prestación de servicios a sus empresas. Andalucía cuenta actualmente con catorce corporaciones de este tipo, una por cada provincia con sede en la capitales y seis más en Ayamonte (Huelva), Andújar y Linares (Jaén), Motril (Granada) y Jerez de la Frontera y el Campo de Gibraltar (Cádiz). Todas ellas están bajo la coordinación del Consejo Andaluz de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía, ubicado en Sevilla.

Plan de Investigación e Innovación en Servicios Sociales

Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha acordado iniciar los trámites del Plan de Investigación e Innovación en Servicios Sociales de Andalucía, que establecerá las bases de las políticas autonómicas de fomento en estos ámbitos. La nueva estrategia desarrollará una de las previsiones más destacadas de la ley sobre la materia en vigor desde 2016, que, entre otras medidas, crea la Red Andaluza de Investigación de Políticas como instrumento de coordinación de la actividad de I+D+i relacionada con los servicios sociales. Asimismo, se alineará con otros planes como la Estrategia de Innovación RIS3 Andalucía o el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (Paidi 2020).

Previsto para un periodo de cinco anualidades, prorrogables por otras dos, el plan incluirá un análisis de la situación de partida; un conjunto de medidas de impulso a la I+D+i; el diseño de la Red Andaluza de Investigación en Políticas Sociales para aglutinar a los distintos agentes de conocimiento en la materia, y un sistema de evaluación y seguimiento y coordinación interadministrativa.

El texto será elaborado por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales con el apoyo de un grupo de trabajo en el que estarán representadas las universidades públicas andaluzas. La propuesta inicial será trasladada a agentes sociales, colegios y organizaciones profesionales, administraciones, entidades del ‘Tercer Sector’ y personas usuarias. Una vez estudiadas e incorporadas las posibles aportaciones, el documento será aprobado definitivamente por la consejería.

El plan que inicia ahora su tramitación permitirá mejorar el apoyo a la red andaluza de servicios sociales, actualmente integrada por más de 75.000 profesionales, 3.547 centros y 7.141 entidades. Entre ellas destacan las dedicadas a personas mayores (1.764) y con discapacidad (1.010).

Fundación Rodríguez-Acosta

Por último, el Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Cultura para adquirir la representación mayoritaria en la Fundación Rodríguez-Acosta. La medida supondrá la transformación de esta entidad en fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Fundación Rodríguez-Acosta fue creada en 1934 por legado testamentario del pintor granadino José María Rodríguez-Acosta. Centrada en el fomento de las artes, su creciente vinculación con la Administración autonómica llevó en 2010 a que el Patronato de la institución acordara ofrecer a la Junta la representación mayoritaria. El proceso se inició dos años más tarde con la firma de un protocolo de colaboración.

El Patronato de la Fundación deberá modificar sus estatutos para incorporar la condición de sector público y reflejar la nueva representación de la Junta, así como su dependencia de la Consejería Cultura a través del Patronato de la Alhambra y el Generalife.

La Administración autonómica designará como patronos natos a las personas titulares de la Consejería de Cultura, la Secretaría General de Cultura, el Rectorado de la Universidad de Granada, la Dirección del Patronato de la Alhambra y el Generalife, la Delegación del Gobierno de la Junta en Granada, la Delegación Territorial con competencias en cultura y las direcciones generales de la Junta con competencias en patrimonio histórico, libro y archivos y economía y hacienda.


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