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Tribunales.- El TSJA rebaja a dos años y medio de prisión la condena a un acusado de vender cocaína a un amigo

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CÁDIZ, 27 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena puesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un acusado de vender una papelina de cocaína a otra persona en el portal de una vivienda de la capital gaditana. La condena ha pasado de cuatro años y medio a dos años y medio al considerar que se trata de «una venta aislada de una dosis individual de cocaína a un amigo por una persona que tenía un modo lícito de vida».

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan a octubre de 2018, cuando el acusado se encontró en el portal de su domicilio con otra persona con el que había quedado antes, y en dicho lugar le entregó en billetes una cantidad no determinada de dinero.

Acto seguido, el acusado se marchó al interior del edificio y minutos más tarde regresó para entregar un envoltorio de plástico que contenía una sustancia que resultó ser cocaína, con un peso neto de 0,418 gramos y un valor de 21 euros. El comprador fue interceptado por agentes policiales que fueron avisados por el funcionario policial que presenció dicha transacción.

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Por ello, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al vendedor a cuatro años y medio de prisión por un delito contra la salud pública en la modalidad de venta de sustancia que causa grave daño a la salud, la cual fue recurrida ante el TSJA.

Entre los argumentos de dicho recurso, el TSJA ha estimado, para rebajar la condena en dos años, el relacionado «en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable».

Así, señala que el comprador de la droga resulta ser un amigo íntimo del acusado y afirma incluso ser padrino de su hijo y no hay indicios de que en los nueve o diez días que mediaron hasta su detención realizara ninguna otra venta.

Por ello, recoge que «no puede afirmarse que el hecho enjuiciado fuera parte de una actividad habitual, profesional o ni siquiera prolongada, sino tan solo una venta aislada de una dosis individual de cocaína a un amigo por una persona que tenía un modo lícito de vida», ya que tenía un trabajo remunerado.

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